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Consejo-Europeo

Ley Europea del Clima: el Consejo alcanza un acuerdo parcial

COMUNICADO DE PRENSA DEL CONSEJO EUROPEO | 23 DE OCTUBRE DE 2020

El Consejo ha alcanzado hoy un acuerdo relativo a una orientación general parcial sobre la propuesta de Ley Europea del clima. La propuesta tiene como finalidad establecer en la legislación el objetivo de una UE climáticamente neutra de aquí a 2050, objetivo respaldado por el Consejo Europeo en diciembre de 2019.

  • La UE está firmemente determinada a lograr la neutralidad climática de aquí a 2050. A la espera de las orientaciones del Consejo Europeo sobre un objetivo actualizado de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero para 2030, me complace anunciar que hoy hemos podido llegar a un acuerdo entre los Estados miembros sobre gran parte de la propuesta de Ley Europea del Clima. Es importante avanzar todo lo posible en este acto legislativo esencial. La semana pasada, el Consejo Europeo invitó al Consejo a que avance los trabajos en este ámbito y hoy, tras un intenso debate, hemos podido alcanzar un hito importante en lo que respecta a la propuesta de Ley Europea del Clima.
  • Svenja Schulze, ministra federal de Medio Ambiente, Protección de la Naturaleza y Seguridad Nuclear de Alemania

En su posición, el Consejo destaca la importancia de promover tanto la equidad como la solidaridad entre los Estados miembros y la rentabilidad en la consecución del objetivo de neutralidad climática.

La posición del Consejo es parcial porque todavía no especifica un objetivo actualizado de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero para 2030, dado que es necesario seguir trabajando para que los Estados miembros lleguen a un acuerdo sobre esta cuestión. Acordar una posición parcial del Consejo es una oportunidad para consolidar los avances realizados durante meses de intensas negociaciones entre los Estados miembros (los debates a nivel de expertos comenzaron en marzo de 2020) y puede ayudar al Consejo a ultimar su orientación general (completa) una vez se haya alcanzado un acuerdo sobre las cuestiones pendientes.

El Consejo ha modificado la parte de la propuesta original que hubiera permitido a la Comisión adoptar, mediante actos delegados, una trayectoria para lograr la neutralidad climática. En cambio, el Consejo pide a la Comisión que proponga un objetivo intermedio para 2040 tras el primer balance mundial previsto en el Acuerdo de París. El Consejo mantiene el concepto de trayectoria indicativa y lineal, pero solo como herramienta para ayudar a la Comisión a evaluar los avances.

Con el fin de garantizar que en los próximos años la UE no se desvíe de su objetivo de neutralidad climática, el Consejo encarga a la Comisión que informe sobre el funcionamiento de la Ley Europea del Clima en un plazo de seis meses tras cada balance mundial realizado con arreglo al Acuerdo de París. Cuando proceda, la Comisión podrá presentar propuestas para modificar la Lay Europea del Clima.

Contexto y siguientes etapas

La acción por el clima de la UE y de los Estados miembros tiene como objetivo proteger a las personas y el planeta, el bienestar, la prosperidad, la salud, los sistemas alimentarios, la integridad de los ecosistemas y la biodiversidad contra la amenaza del cambio climático, maximizar la prosperidad dentro de los límites del planeta y aumentar la resiliencia y reducir la vulnerabilidad de la sociedad al cambio climático.

Según la Agencia Europea de Medio Ambiente y sus últimos datos disponibles, en 2019 la UE había reducido sus emisiones globales de gases de efecto invernadero en un 24 % con respecto a los niveles de 1990. Esto significa que la UE está lista para superar su objetivo de reducción de emisiones del 20 % para 2020. Además, tiene actualmente un objetivo vinculante que consiste en reducir sus emisiones de gases de efecto invernadero en al menos un 40 % de aquí a 2030.

El Consejo Europeo, en sus Conclusiones del 12 de diciembre de 2019, respaldó el objetivo de alcanzar una UE climáticamente neutra de aquí a 2050, en consonancia con los objetivos del Acuerdo de París, reconociendo al mismo tiempo que es necesario instaurar un marco facilitador que beneficie a todos los Estados miembros y que abarque los adecuados instrumentos, incentivos, medidas de apoyo e inversiones para asegurar una transición eficiente en términos de costes, justa, así como socialmente equilibrada y equitativa, teniendo en cuenta las diferentes circunstancias nacionales en cuanto a los puntos de partida.

El 4 de marzo de 2020, la Comisión adoptó su propuesta de Ley Europea del Clima y la presentó a los ministros en el Consejo de Medio Ambiente del 5 de marzo de 2020. La propuesta forma parte de un paquete más amplio de medidas ambiciosas anunciadas en la Comunicación de la Comisión sobre el Pacto Verde Europeo.

El 17 de septiembre de 2020, la Comisión publicó una Comunicación sobre el Plan del Objetivo Climático para 2030, acompañada de una evaluación de impacto exhaustiva. La Comisión también ha adoptado una propuesta por la que modifica su propuesta inicial sobre la Ley Europea del Clima para incluir un objetivo revisado de reducción de las emisiones de la UE de al menos el 55 % para 2030.

Los debates comenzaron durante la Presidencia croata y han proseguido durante la Presidencia alemana, en particular, más recientemente, sobre la propuesta modificada.

En su reunión del 15 de octubre, el Consejo Europeo debatió la cuestión del aumento del objetivo de la UE para 2030. Decidió que volvería a tratar esta cuestión en su reunión de diciembre con vistas a acordar un nuevo objetivo de reducción de las emisiones para 2030.

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