Con el cambio de año, la ciudad y el área metropolitana de Barcelona estrenarán una nueva zona de acceso restringido para los vehículos más contaminantes durante los días laborables
LAS MULTAS COMENZARÁN EN ABRIL
Con el cambio de año, la ciudad y el área metropolitana de Barcelona estrenarán una nueva zona de bajas emisiones (ZBE) que restringirá, durante los días laborables, el acceso de los vehículos más contaminantes al interior de la Ciudad Condal. La zona delimitada tendrá una superficie de 95 kilómetros cuadrados, lo que supone que será 20 veces más grande que Madrid Central y evitará que circulen más de 50.000 vehículos diarios, los más contaminantes, según ha confirmado la alcaldesa de Barcelona, Ada Colau.
La medida —que se ha presentado este martes por la mañana— no solo incluye a la ciudad de Barcelona, la zona portuaria y el Tibidabo, sino que también implica a otros municipios limítrofes a la capital catalana que cuentan con una gran densidad de circulación. Sin embargo, algunas de las arterias que distribuyen el tráfico en la ciudad y su área metropolitana estarán exentas de las restricciones presentadas.
ÁREA Y HORARIO
La primera de las áreas que se activará en la zona de bajas emisiones estará comprendida en el ámbito de las rondas de Barcelona y entrará en vigor el día 1 de enero de 2020. La aplicación de esta medida supondrá que los vehículos que no cuenten con etiqueta ambiental de la Dirección General de Tráfico (DGT), los más contaminantes, no puedan circular por los viales restringidos de la ciudad entre las 07:00 y las 20:00 de los días laborables.
Las carreteras que estarán exentas de las restricciones de circulación son algunas las vías de alta capacidad que distribuyen el tráfico en la capital catalana. Así, según el consistorio barcelonés, se podrá circular libremente por las vías A-2, B-10, B-20, B-23, C-16, C-31, C-32, C-33 y C-58.
VEHÍCULOS AFECTADOS Y EXCEPCIONES
Todos los vehículos de las categorías L, M y N (motos, turismos, furgonetas, autobuses, autocares y camiones) que quieran circular por la zona de bajas emisiones han de portar el distintivo ambiental de la DGT, el cual certifica que el vehículo es apto para rodar por esta área restringida.
Con la aplicación de esta medida, tendrán prohibido circular por la zona aquellos coches que no cuenten con alguno de los distintivos ambientales y, por tanto, porten motores de gasolina que no cumplan la norma Euro 3 (anteriores al año 2000), al igual que las motorizaciones diésel que no cumplan con el estándar Euro 4 (anteriores al año 2006).
Los vehículos profesionales (furgonetas, autobuses, autocares y camiones) contarán con una moratoria de un año, así como los coches de personas con movilidad reducida, servicios de emergencia (policía, bomberos y ambulancias) y servicios municipales esenciales (médico y funerario), que contarán con una exención permanente.
SANCIONES
El consistorio barcelonés aplicará, desde el 1 de abril de 2020, diferentes sanciones que variarán en función de su gravedad. Así, las leves partirán de los 200 euros, seguidas de las graves y las muy graves, las cuales podrían llegar a los 1.800 euros. Además, todos aquellos conductores reincidentes, en el periodo de un año, podrían ver incrementadas la sanciones en un 30%, llegando hasta los 2.340 euros.
CALENDARIO
Después de un proceso abierto que ha contado con más de 230 participantes para elaborar la ordenanza, en el mes de octubre se presentará la normativa en la Comisión de Ecología, Urbanismo y Movilidad. Tras ello, en noviembre, se abrirá un plazo de exposición pública, el cual finalizará con la votación de la ordenanza en el pleno municipal del mes de diciembre. Una vez finalizados los plazos burocráticos, las fechas clave de la entrada en vigor de la zona de bajas emisiones serán:
- 1 de enero de 2020: entrada en vigor de la zona de bajas emisiones en Barcelona y municipios circundantes (L’Hospitalet, Cornellà, Esplugues de Llobregat y Sant Adrià de Besòs).
- 1 de abril de 2020: fin del periodo de gracia de las sanciones y, por consiguiente, comienzo delenvío de multas a los infractores.
- 1 de enero de 2021: fin de la moratoria a los vehículos profesionales y, por tanto, obligatoriedad de acatar la normativa a furgonetas, autobuses, autocares y camiones.
- 1 de enero de 2025: prohibición de circulación de todos los vehículos sin distintivo ambiental de la DGT en todos los municipios que integran el área metropolitana de Barcelona.