El Gobierno detecta crecientes prácticas fraudulentas por incumplimiento de las obligaciones de mantenimiento de las existencias mínimas de seguridad, respecto a la aportación al fondo de eficiencia energética y fiscales (IVA).
El Gobierno endurece la ley de hidrocarburos en su intento de erradicar el fraude en el sector que cuesta al Estado cientos de millones al año. El Ejecutivo ha considerado «urgente» la revisión de ciertos artículos tras detectar «crecientes prácticas fraudulentas» en el sector de los hidrocarburos líquidos por incumplimiento de sus obligaciones sectoriales.
En concreto, los agentes están obligados al mantenimiento de existencias mínimas de seguridad de productos petrolíferos frente a la Corporación de Reservas Estratégicas de Productos Petrolíferos (CORES) y a soportar financieramente las actividades del organismo mediante el pago de unas cuotas mensuales en función de sus ventas o consumos. Además, tienen que sufragar el mecanismo de fomento de biocarburantes, denominado Sistema de Información para la Certificación de los Biocarburante (SICBIOS), y a realizar aportaciones al Fondo Nacional de Eficiencia Energética (FNEE).
Según el Ejecutivo, los casos de defraudación han crecido exponencialmente debido, en parte, a la aparición modelos de negocio que no estaban previstos cuando se redactó la Ley 34/1998, de 7 de octubre, y sus modificaciones y que, por tanto, no están adecuadamente regulados en la legislación actual. «Esto ha facilitado enormemente el fraude por parte de algunas empresas, lo que está perjudicando al resto del sector y que, además, tiene un impacto directo en el consumidor por cuanto afecta al precio final de los carburantes. Tras un análisis de la situación actual del sector en nuestro país, se considera necesario revisar varios artículos de la ley”, señala en la exposición de motivos del Real Decreto-ley aprobado este miércoles.
Una de las medidas de la ley se vuelve en contra
En relación con el artículo 43, que regula la actividad de los distribuidores al por menor de productos petrolíferos -pudiendo estos suministrar a otros distribuidores-, subraya que cuando se introdujo en 2015 se consideró que podría tener un impacto favorable tanto en la competencia del sector como en los precios del consumidor final, ya que suponía una apertura del mercado de suministro de combustibles tanto a operadores como a distribuidores. Sin embargo, en la práctica se ha comprobado que desde tal año el efecto ha sido el contrario.
De este modo, en la práctica esto supone que los distribuidores al por menor pueden realizar los mismos suministros que los operadores al por mayor pero con una gran ventaja competitiva sobre estos al no tener que asumir ninguna de sus obligaciones sectoriales. Así, la ley ‘ómnibus’ introduce que serán distribuidores al poner menor que realicen, al menos, una de las siguientes actividades: suministro de combustibles y carburantes a vehículos en instalaciones habilitadas al efecto, suministro a instalaciones fijas para consumo en la propia instalación, suministro de queroseno con destino a la aviación, suministro de combustibles a embarcaciones o cualquier otro suministro que tenga por finalidad el consumo de estos productos. Sin embargo, en ningún caso, se permitirá el suministro entre distribuidores al por menor, de distribuidores al por menor a operadores al por mayor.
Por otro lado, según el Ejecutivo, el incumplimiento por parte de algunos operadores de las obligaciones de biocarburantes también está atentando contra la competencia en el sector. Sólo en 2022, siete empresas no sufragaron su deuda con el mecanismo de fomento de biocarburantes (SICBIOS) por un importe total de 95 millones de euros. Igualmente ocurre con el incumplimiento de la cuota de CORES o del FNEE, otorgando una ventaja competitiva frente al resto de operadores que sí cumplen con sus obligaciones.
Ente caso, el apartado 3 del artículo 42 queda redactado con el siguiente tenor literal: «En caso de que un operador al por mayor de productos petrolíferos incumpla alguno de los requisitos exigidos para el ejercicio de su actividad, o alguna de sus obligaciones sectoriales clasificadas como infracción muy grave de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 109 de esta ley, la persona titular del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico podrá, previa la tramitación de un procedimiento que garantice la audiencia del interesado, declarar la extinción de la habilitación para actuar como operador al por mayor de productos petrolíferos».
Asimismo, en el marco del citado procedimiento y en atención a las circunstancias que en cada caso concurran, se podrán adoptar las medidas provisionales que sean necesarias para asegurar la eficacia de la resolución, incluyendo la inhabilitación temporal de la capacidad para actuar como operador al por mayor -actualmente hay 110 empresas registradas en este epígrafe-.
La patronal aplaude la corrección de la norma
«Son medidas que van en la dirección correcta y que aplaudimos, aunque queda mucho por hacer para erradicar un fraude que afecta al sector desde hace años, que no para de crecer. El fraude en la distribución de carburantes provoca no solo un problema de competencia desleal, sino que también perjudica a las arcas públicas, al consumidor y al cumplimiento de los objetivos de descarbonización», apuntan a La Información fuentes de la Asociación Española de Operadores de Productos Petrolíferos (AOP).
La patronal ya puso de manifiesto hace unos meses el creciente fraude en la venta de biocarburantes. Explicó que con la venta de estos, existe la posibilidad de cumplir parcialmente la obligación de venta mediante un pago compensatorio. Advirtió así de que conforme han ido aumentado las obligaciones de venta de biocarburantes, se han incrementado los importes no ingresados en concepto de pago compensatorio por el déficit de certificados que a cada sujeto le corresponde obtener. Según sus cálculos, la cantidad adeudada se ha multiplicado por cincuenta, alcanzando los 72,5 millones de euros en 2021.
También se modifica el derecho de acceso a infraestructuras
Finalmente, el artículo 41 también ha sido modificado. Este regula el derecho de acceso de terceros a las infraestructuras logísticas de hidrocarburos líquidos de las que hacen uso tanto operadores al por mayor como distribuidores al por menor y, en su redacción actual, da a entender que la obligación de prestar acceso recae exclusivamente sobre las instalaciones que almacenan o transportan producto de operadores al por mayor. Esto era así en 1998, cuando se aprobó la ley, ya que los operadores al por mayor eran los únicos sujetos que hacían uso de las infraestructuras logísticas y suministraban al resto de empresas desde los depósitos fiscales.
«La estructura del mercado actual es muy diferente y las compañías logísticas han ampliado su cartera de clientes, dando acceso no sólo a operadores mayoristas sino también a otros agentes de la cadena de suministro, entre otros a los distribuidores al por menor cuya regulación se ha se modifica también aquí en esta norma», argumenta el Gobierno.
El fraude fiscal trae de cabeza al sector y Agencia Tributaria
No obstante, uno de los mayores tormentos que trae de cabeza al Gobierno es el fraude fiscal (IVA e IIEE). El engaño se produce cuando empresas mayoristas adquieren el carburante, sin soportar el IVA, y posteriormente lo venden a estaciones de servicio, a las que se lo repercuten, pero sin ingresarlo a Hacienda. AOP ha puesto en constancia que el fraude lleva produciéndose especialmente desde 2015, ocasionando no solo un problema de competencia desleal en el sector, sino también, un perjuicio a las arcas públicas y al consumidor final.
Por su parte, la Unión de Petroleros Independientes (UPI) ha denunciado que el sector vive una de las peores situaciones desde que este fenómeno empezara a expandirse con la eliminación -en 2009- de la autorización administrativa previa que se exigía para ejercer la actividad de distribución al por mayor. La Agencia Tributaria puso en marcha a finales de abril el Registro de Extractores de Depósitos Fiscales (REDEF), pero continuó produciéndose fraude de IVA a la salida del depósito fiscal de hidrocarburos. “Este mecanismo debía servir para erradicarlo y sin embargo, las tramas de defraudación consiguen no sólo evitar los efectos del REDEF sino ampararse en él”, señala la asociación.