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Las petroleras independientes se unen a la lucha para frenar el impuesto energético

upi-y-Kutxabank.

La Unión de Petroleros Independientes (UPI), entre la que destaca el grupo canario Disa, sigue así los pasos de otras asociaciones como la patronal de las grandes eléctricas, Aelec, y la Asociación Española de Banca (AEB).

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  • La caída del petróleo y el impuesto del Gobierno golpean los resultados de Cepsa
  • Iberdrola dispara un 40% el beneficio pese al impacto del impuesto energético

Nuevos recursos contra el impuesto extraordinario a las grandes energéticas y a la banca. La Unión de Petroleros Independientes (UPI) y Kutxabank ha interpuesto un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional contra la orden del Ministerio de Hacienda por la que se aprueban los modelos de declaración de ingreso y pago. La asociación, entre la que destaca el grupo canario Disa, sigue así los pasos de la Asociación de Empresas de Energía Eléctrica (Aelec), la Asociación Española de Banca (AEB) y la Confederación Española de Cajas de Ahorros (CECA).

«La Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Séptima, de la Audiencia Nacional, comunica la interposición por parte de la Unión de Petroleros Independientes (UPI), del recurso contencioso-administrativo seguido contra la Orden HFP/94/2023, de 2 de febrero, de la Ministra de Hacienda y Función Pública, por la que se aprueban el modelo 795, «Gravamen temporal energético. Declaración del ingreso de la prestación», el modelo 796, «Gravamen temporal energético. Pago anticipado», el modelo 797, «Gravamen temporal de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito. Declaración del ingreso de la prestación» y el modelo 798, «Gravamen temporal de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito. Pago anticipado»», publica el Boletín Oficial del Estado (BOE), junto con otro igual del banco vasco.

Fuentes de UPI señalan a La Información que el gravamen sitúa a algunos operadores sin capacidad de refino en una «ruinosa e injusta situación». «Entendemos que los operadores sin capacidad de refino deben quedar excluidos del ámbito de aplicación del gravamen. En contra del espíritu del legislador -que busca gravar la existencia de beneficios extraordinarios-, los operadores sin capacidad de refino han quedado atrapados en el ámbito de aplicación debido a la utilización de la figura legal de los operadores principales, creada para otros fines, en concreto la supervisión de los sectores energéticos por parte de la CNMC. Esta figura legal reúne a las cinco mayores cuotas de mercado de cada sector sin distinguir, en lo que respecta al sector de combustibles, si las compañías tienen o no capacidad de refino», argumentan desde la asociación.

«El efecto es brutalmente desproporcionado frente al impacto
sobre las grandes compañías extractoras y productoras»

En UPI consideran que, al no extraer petróleo ni producir combustibles, el operador mayorista sin capacidad de refino es un distribuidor que está fuera de las actividades beneficiadas por la crisis energética internacional y que necesita liquidez adicional para comercializar unos productos que dicha coyuntura ha encarecido. «Este razonamiento lo avala el Reglamento europeo al cual se da cumplimiento con la ley española, Reglamento del Consejo 2022/1854 de 6 de octubre de 2022 relativo a una intervención de emergencia para hacer frente a los elevados precios de la energía, que excluye a los operadores sin capacidad de refino. En este sentido, sentencian que el efecto sobre los operadores sin capacidad de refino es «brutalmente desproporcionado» frente al impacto sobre las grandes compañías extractoras y productoras.

Los seis grandes bancos españoles y las cinco principales compañías energéticas han apartado ya unos 2.600 millones de euros para hacer frente al nuevo impuesto temporal aprobado por el Gobierno. En concreto, el impuesto afecta a las empresas eléctricas, gasistas y petroleras, que facturaron más de 1.000 millones en 2019, y grava las ventas con un tipo del 1,2% salvo los ingresos regulados y los procedentes de fuera de España. Por su parte, en cuanto a la banca, la tasa grava con un 4,8% el margen de intereses y las comisiones netas de su negocio en España, lo que el Ejecutivo considera beneficios extraordinarios por la subida de los tipos de interés, en los bancos con una facturación superior a 800 millones en 2019.

Cubrir medidas sociales

La idea del Gobierno es usar el dinero recaudado para cubrir parte del coste de las medidas sociales impulsadas para ayudar a las familias más vulnerables ante el alza de la inflación y el encarecimiento del coste de la vida. Tanto los bancos como las energéticas han cargado públicamente contra el impuesto y además lo han recurrido judicialmente, pero de momento no les ha quedado otra que pagarlo y cargarlo en las cuentas del primer trimestre de este año.

Repsol, la principal petrolera del país y primera en acudir a la justicia, restó 450 millones de sus resultados para hacer frente al impuesto, seguida de CaixaBank, que apartó 373 millones. A continuación estaría Cepsa, con 323 millones. Por encima de los 200 millones aparecen BBVA y Santander, con 225 y 224 millones, respectivamente. Le siguen muy de cerca Iberdrola, con 216 millones y Endesa, con 208 millones. En el caso del Sabadell, el impacto fue de 157 millones, por encima de los 77 millones de Bankinter y los 63,8 millones de Unicaja Banco. Naturgy ha calculado un golpe de de 150 millones por cada ejercicio (la gasista ya no presenta resultados trimestrales).

El gravamen energético recaudó en el primer periodo 817,4 millones y el bancario, 637,1 millones, con lo que en el año, incluyendo el abono final de septiembre, superará los 2.900 millones, en línea con lo previsto por el Gobierno. La Audiencia Nacional rechazó la suspensión cautelar que solicitó Repsol (primera compañía en acudir a la justicia) al considerar que no supone un perjuicio irreparable, puesto que en caso de estimarse finalmente el recurso se trataría de una situación perfectamente reversible mediante la devolución de lo pagado con el abono de los intereses preceptivos (llevando a efecto las compensaciones necesarias).

En su auto, la Sala defendió que la suspensión de la orden ministerial ocasionaría un perjuicio al interés general, «al hacerse imposible la recaudación del gravamen dejando sin cumplir una de las exigencias de la ley, que tiene una primera finalidad ‘recaudatoria’, a fin de exigir, en estos tiempos de crisis energética y de inflación, un mayor esfuerzo a quienes disponen de una mayor capacidad económica».

La decisión se conoció un día después de que Aelec, en la que se integran Iberdrola, Endesa y EDP, anunciara que había presentado otro recurso contencioso-administrativo. La patronal denunció que «el gravamen aprobado en España penaliza a un sector clave para impulsar el necesario cambio del modelo energético no solo mundial, sino específicamente español». También argumentó que la Unión Europea (UE) ha establecido un impuesto sobre el petróleo y el gas «en el que nada se dice sobre el sector eléctrico». Por su parte, Endesa dijo que el gravamen es «injustificado y discriminatorio», mientras que en Iberdrola opinan que «incumple la Constitución Europea y el Derecho europeo». La eléctrica que preside Ignacio Sánchez Galán confía en salir victoriosa, pero no espera una decisión de los jueces hasta el año que viene.

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